El culto a María Santísima bajo el título de Rocamador, Roc Amadour, fue importado en España de la vecina Francia, que quiere remontarlo en su país al siglo tercero de la Iglesia. Supónese que un piadoso ermitaño se retiró, ya por entonces, a las lomas del Quercy, cerca de Caors, e hizo vida anacorética por mucho tiempo en un lóbrega caverna de aquel paraje agreste, sobre los escarpados bordes de pavoroso barranco; a falta de otro nombre impusieron al ermitaño o anacoreta el de aficionado a la roca, rupis amator. En la gruta o caverna tenía una efigie de la Virgen, y a medida que crecía la reputación del penitente, se aumentó la devoción a la Virgen y su culto hasta erigirle allí una Iglesia.

Al lado de ésta surgió una hospedería, para vivir los muchos que allí acudían atraídos por los prodigios que se verificaban; la hospedería se convirtió en pueblo, y éste en Ciudad y plaza fuerte con castillo que protegiesen al Santuario y a los que a él acudían a guarecerse.

Poco tiempo antes de morir en Roncesvalles el valeroso Roldán, sobrino de Carlo Magno, fue a Rocamador como peregrino, citándose el año 778, en que verificó la peregrinación.

De Francia pasó el culto de la Virgen de Rocamador a su vecina Navarra, y a la fundación de Izarra (Estella), se le erigió cerca un Santuario, al que concurrían los pueblos inmediatos con tanta devoción como al de Francia. Sancho VII de Navarra aseguraba en el año 1202 una renta por valor de cuarenta y ocho piezas de oro para el alumbrado de la Iglesia.

Los navarros que vinieron a Castilla con D. Alfonso el Batallador y permanecieron en ella, erigieron en Salamanca, hacia el año 1120, una iglesia y cofradía a Nuestra Señora de Rocamador, y el hospital, fundado por ellos con esta advocación, aún existía a fines del siglo XVI, cuando el rey D. Felipe II, con Bulas de San Pío V, hizo la reducción de ellos.

Esta devoción se sostenía en León y las dos Castillas en el siglo XII con esplendor, tanto que en el año 1181 D. Alfonso el IX donaba a la primitiva iglesia de Rocamador varias tierras en Fornellas y Orbaneja.

Se hizo en este tiempo muy general en España la advocación de la Virgen, bajo el título de Rocamador, en las hospederías y hospitales, por recuerdo a la hospedería de peregrinos, que tenía la iglesia principal en la Dordoña, en Francia, para dar asilo a la multitud de los que allí concurrían. Contribuyó de modo muy especial a hacer célebre esta advocación el rey D. Alfonso el Sabio en su libro las cantigas de Santa Maria, una de las más apreciadas joyas de nuestra literatura antigua y de la fabla, en la cual quiso escribirlas, conservando el sabor antiguo del lenguaje poético, tal cual quizá le usaban los trovadores y menestrales de aquel tiempo en sus decires, saludos y serventensios8.

Astorga, que tanta devoción ha manifestado siempre a María, honrándola en sus diferentes advocaciones, no podía permanecer indiferente al movimiento general de Castilla, y dedicó también a la Santísima Virgen el obsequio del nuevo título que se había generalizado. Encuéntrase ya en esta Ciudad, a principios del siglo XIV, la existencia de la cofradía y hospital de Rocamador, que le menciona el testamento de Juana Miguélez, mujer de Diego Yanes, otorgado en 12 de Agosto de 1310 ante el notario del rey Arnal Pérez9. Entre los legados o donaciones que hace está el de un xumaço10, una manta y un lecho, o cama, de los de Foncebadón al hospital de San Esteban, y otro tanto al espital de Rocamador.

Esta Cofradía con su hospital continuó existiendo varios años con vida propia e independiente hasta que se unió a la de San Feliz. Consta esta unión en un libro de pergamino de esta última hermandad, en el que están sus ordenanzas, copiadas al folio 9: en su preámbulo se lee: Ello nombre de dios e de santa maria sua madre siempre virgen et a onra et a servicio de la biem aventurada santa maria de Rocamador nostra senora e de sant Pedro apostolo et de sant feliz martir precioso. E los confrades de la confreria de santa maria de rocamador e de sant Pedro de fuera e los confrades de sant feliz … fizieron ayuntamiento e hermandat de consuno todos en uno. De seren aiuntadas estas confrerias sobredichas … Y terminados los artículos o capítulos de éstas, pone otras más particulares para el régimen de la cofradía, encabezándolas del modo siguiente: Estas son las cosas que los confrades de santa maria de Rocamador e de Sant Pedro e de sant feliz ponem entresi de gardar: Conviem a saber: etc.

Como no expresa el año en que se formaron estas ordenanzas, se ignora también el en que tuvo lugar la unión o fusión de la cofradía de Rocamador a la de San Feliz, deduciéndose del contexto que ésta se verificó al formarse aquellas. Puede no obstante asegurarse que lo mismo la unión de las dos Cofradías que la formación de los Estatutos se hicieron antes del año 1377 ó 138211, pues en un acuerdo, tomado en 26 de Abril de uno de estos dos años, referente a lo que habían de hacer los cofrades durante el tiempo que estuvieran velando los cadáveres de los hermanos difuntos, se dice que: e porque era servicio de Dios e de señor san feliz e de las otras confraderias que a ella eran allegadas13. Y solo se sabe que en esta fecha estaban unidas a la de San Feliz la de Rocamador y la de San Pedro de fuera o de Rectivía12. Desde esta fecha no se vuelve a encontrar memoria ni mención alguna de esta Cofradía ni de su hospital, ignorándose el sitio de éste y el de la capilla y título que llevaba, como también si desapareció el establecimiento al unirse con la de San Feliz, o si continuó abierto a cargo de la última. Yo me inclino a creer que el hospital siguió prestando sus servicios al enfermo y transeúnte, pues se ve a la cofradía de San Feliz sostener por mucho tiempo dos hospitales, según se dirá cuando se hable de ella.

Apéndice

Testamento de Juana Miguélez en 1310

In dei nomine amen. Era de mill e ccc14 e quarenta e ocho años. Miercoles dose dias de agosto. Saban todos por este escripto commo yo Johana miguelles muller de diego yanes. morador en astorga. Jasiendo doliente de mio cuerpo. e ssana de mia memoria e con todo mio ssisso conpreto. assi como melo dios dio. ffago e ordeno mio testamento. en esta manera. Primera miente. mando mio cuerpo e mia alma adios. e a ssanta maria su madre. ¶ mando me ssoterrar a ssanta marta con mio padre. ¶ mando me offerendar un año de pan e de vino e de çera. asi como es huso e costunbre dela Cibdat de astorga. ¶ mando el dia que me ssoterraren que digan dose misas por mi alma. e dose al terçero dia e dose a las sseys sselmanas. e dose misas acabo del año. ¶ mando al capellan de sta marta dies maravedis que meresca por mi alma. e ala obra de ssta maria dies mrs. e alacrusada tres mrs. ¶ mando al clerigo de ssanta Pero çinco mrs. e çinco mrs al de ssant miguel e al de sant julian dies mrs. quelos merescan por mi alma. ¶ mando a la obra de ssant ffrançisco dies mrs. e dies mrs alos ffrades. ¶ mando al arçipreste de sant bortolomi vinte mrs et dies mrs para juda de ffaser una crus de palta para sant bortolomi. ¶ mando al clerigo de sta marina de çellada tres mrs e tres mrs al clerigo de ssanti yssidro e al clerigo de ssta crus otros tres mrs que merescan por mi alma. ¶ mando alas emparedadas 15 senos16 mrs cada una. ¶ mando alos conffrades de sant estevan. vint mrs para ffaser un aniverssario por mi alma. ¶ mando maes para el espital de ssant estevan. un xumaço17 e una manta e un lecho delos de fuent çabadon et otro tanto al espital de rrocamador. et al espital de ssant Martino otro tanto. ¶ mando que metan un capellan. que cante por alma de mio padre e de mia madre e por la mia. et por la de mio marido diego yanes. para sienple iamais et leyxo porque lo paguen cada año el mio orto delas çereissales. et las casas todas que son ante puerta de ssant Pero de dentro18 que ffuron de mio padre e de mio tio johan peres clerigo dela yslla et las otras casas que estan a castiel de judios19. e el heredamiento todo de ssante Martino. atanbien elo que yo y avia de mio patrimonio. como todo elo al. que conple con mio marido diego yanes. et las casas de villa verde20 que foron de elvira iohanes muller de johan de cuenca. et mando que estos bienes que lexo para la capiella por que se pague el capellan quelos tenga diego yanes mio marido en ssua vida e pague el capellan cada año e asso ffinamiento que ffiquen en Martina ffagundes seyiendo viva e a sso ffinamiento dellos anbos que ffiquen alos conffrades dela conffreria de ssant estevan de vrimeda esta capiella e que metan el capellan que cante cada año para sienple. e se y alguna cosa rremaneçir quelo tomen los conffrades e ffagan cada año aniverssario por nras almas e el capellan que cante assanta marta. ¶ mando a mio marido diego yanes por aquello quel conplo conmigo en sant Martino e por las casas de johan peres clerigo que yo lexo para la capiella. Elas casas todas en que moramos e el heredamiento todo de çellada e el orto de jerga quelo aya todo livre e quito por juro de sua heredat para siempre iamais e mando le el vaso de plata e un ¿potro? ¶ mando a maria fferrandes mia mançeba çinco moyos de centeno e una toca e el pellote de valuçina e un xumaço e una arca. e quele den un xumaço que le tengo en guarda. ¶ mando aldonça iohanes mia prima el mio pellote de verde con catorse botones de plata e tres moyos de çenteno e un xumaço tresado ¶ mando a Martina ffgundes mia prima el mio manto e la mia garnacha 21 e la mia saya ¶ mando a ffijas de dominga feresme senos xumaços e sono moyos de centeno e a sua madre un moyo de trigo e a Marina feresme un moyo de trigo. ¶ mando a maria mia criada un moyo de çenteno e un xumaço. ¶ mando a orraca nieta delvira peres el mio giraldete vermeyo e un moyo de çenteno. ¶ mando ela mia piel ffalifa a mia tia maria peres e un moyo de çenteno. ¶ mando que duas telas que yo tengo ateçer que ffiquen a diego yanes la de lino e la destopa que la den a povres por mi alma. ¶ mando adigo mio criado. e mio sobrino dos moyos de çenteno. e a johna ffija de domingo peres un moyo de çenteno. et a johan mio criado quatro varas de pano para un queçote e a domingo peres e so fijo siete varas de pano estopaço. ¶ mando a maria johanes hermana de aldonça johanes un moyo de centeno. ¶ quito a mio tio johan tomas un moyo de trigo que me debe e anton domingues del val. quitole el çenteno que me debe- ¶ mando a mios affijados todos senos queçotes. ¶ mando a ffuertes domingues cpellan de sant julian çinco mrs que meresca por mi alma. ¶ mando las mias touayas anchas grandes para la altar de sant estevan. ¶ mando a diego yanes quelo que me prometio del ome quel sabe quelo atienda. ¶ deveme Marti peres braguero sessenta mrs e tengo del penos por ellos. ¶ leixo mays la mia plata ala crus de sant bortolomi. sobre aquello que le mande ela que trayia al cuello. ela menuda ¶ mando a rrodrigo alffonso e a johan monis e a ffernando vinte mrs e quelos descuente delos que me deven. et leixo por mios cabeçeros. que cunplan este mio testamento por lo mio e ssin dapno de ssi a Pero iohanes arçipreste de sant bartolomi e a diego yanes mio marido. e a Martina fflagundes. et este mio testamento conprido en todo ssegund que a qui ias escripto. mias mandas e mias deudas e mias exequias. en todo lo al que remaneçir de mios bienes. leixo por mio herede. adiego yanes mio marido. por tal condiçion que todo lo que rremaneçir de mios bienes, mio testamento conprido. quelo meta todo por mia alma. e de mio padre e de mia madre e de aquellos con quelo ganey. e como lo el fesier assi guisse dio quelo faga por el. et demays do poder en este mio testamenteo. a Pero iohanes arçipreste de ssant bortolomi quele llo faga faser e quelo ffaga con conseio desde mismo arçipreste. aly hu viren qye ye bien enpregado. et rrevoco todos los otros testamentos que yo he fechos assi por escripto como por palabra e confirmo este mio testamento. e mando que vala para todo tiempo. et que esto ssea firme et non venga en duas dubda Rogue a arnal peres. notario del Rey. en astorga que mandasse desto ffaser este testamento e possiesse enel so signo en testimonio de verdat. Presentes. Pero pelays tendero. Pero palys cuchillero. Marti peres fferrero. domingo iohan ferrador. Pelai martines. Pero peres çarreyero. gonçalo peres galego. alffonso iohnes de Rua nueva. garçia peres escrivan. E yo arnal peres Notario sobredicho fis escribir este testamento e pus en el mio signo tal.

Nota 1ª

En el libro de Las cantigas de la Virgen Maria dedica el Rey Sabio una poesía a la Virgen de Rocamador bajo el epígrafe siguiente:

Esta e como Santa Maria fez a Rocamador decender hua candea na viola do iograr que cantava ante ela.

Un iograr de que seu nome

De con’ o iograr cantava

Era Pedro se Sigrar

Santa Maria prazer

Que muy ben cantar sabia

oun’ a fez- lle na viola

E muy mellor violar,

Hua candea de cer;

et en todas las eigreias

Mayl- o monge tesoureiro

Da Virgen, que non a par,

Foi- l’ a da mao toller

Un seu lais senpre dizia

Dizend- Encantador sodes

Per quant en nos aprendemos

et non vol- a leixaremos

A Virgen Santa Maria

A Virgen Santa Maria

Todos a loar devemos

Todos a lovar devemos.

No parece muy castellano el nombre el juglar Pedro Sigrar, pero téngase en cuenta que el milagro sucede en Francia ante la imagen de Rocamador, pues, aunque España había efigies de ella, y con mucho culto, no estaban en parajes donde ciudades de él monjes negros o benedictinos, como era el que se empeñó en quitar la candela encendida en la viola del devoto juglar, que el bueno del tesorero creía cosa de encantamiento, cuando era en verdad un favor de la Virgen.

El libro de las Cantigas de la Virgen María es un monumento literario erigido a la gloria de ésta que vale por muchas efigies. Reseña los milagros de algunas de estas y los comunica al pueblo, enseñándole a cantarlos en vez de otras poesías lúbricas o profanas, y de paso los trasmite a la posteridad, pues sin ese cuidado no hubieran llegado hasta nosotros22.

Nota 2ª

Este castiel, castro o barrio de los Judíos, está señalado en la escritura que cita y copia en parte, el ilustrado sacerdote, D. Pedro Rodríguez López, dignidad de Maestreescuela en la catedral de Cuenca, en su obra Episcopologio Asturicense, folios 567-69 del tomo 2º. Por ella se ve que el rey de León d. Fernando 2º donó a D. Velasco Fernández y a su mujer Dª Teresa González una casa antigua, que fue cárcel, y que estaba en la plaza, infiriéndose que esta casa donada no puede ser otra, que la que hoy se conoce de nueva planta, propiedad del Señor Pallarés construida sobre un monumento romano, que es mas seguro fuera un ergástulo o cárcel de Estado, o depósito de esclavos. La mencionada escritura señala, como límite del terreno donado por la parte de abajo o Sur, el barrio de los Judíos -castrum judaeorum- viniendo a estar éste en lo que hoy se llama calle del Arco, que pasaba por debajo de las Casas consistoriales de la Ciudad, y muy cerca, o en el mismo sitio, de la parte nueva de la casa-hospicio, junto a la que estaba la Sinagoga o templo de los Judíos. De esta judería de San Bartolomé y la Sinagoga, habla la escritura de 26 de Junio (lunes) del año 1486, ante el notario García Alfonso, por la que la cofradía de San Feliz y San Othino (Dictino) hizo cambio de unas casas con su corral que la dicha confraderia y confrades della han e tienen e possen en dicha cibdad, enbaxo de la juderia. a la colacion de la iglesia de san Bartolome dela dha cibdad, que han por terminos e limites dela unna parte huerta de alvar xarrin e de la otra parte la signoga de los judios de la dicha cibdad. de la otra parte casas de la iglesia de astorga23 e de la otra parte por delante calle publica de concejo24. En 19 de Enero de año 1735, ante el notario D. José García Raposo, cofrades de la de San Esteban, y como delegados de la cofradía, vendieron a D. Juan Gregorio García de Ovalle una huerta a la colación de San Bartolomé, que lindaba hacia abajo con la cerca (muralla) hacia Portugual con el sitio que llaman de la Signoga, y hacia arriba con la plazuela que esta frente de la iglesia del convento de nuestro Padre San Francisco. En 4 de Octubre de 1748, ante el mismo notario García Raposo, Bartolomé Ballesteros, (maestro de hacer campanas, dice una nota) hizo reconocimiento de un foro de once reales sobre una huerta, a la colación de San Bartolomé, a do llaman la Sinoga, que hará tres cuartales, cercada de pared, lindaba por arriba con casa y huerta suya propia que compró a la cofradía de San Esteban, hacia el arrabal de San Andres con la muralla por abajo y hacia Portugal con dicha Sinoga, y enfrenta con huerto y casa de D. Luis de Torres, cuya huerta compró a D. Vicente Antonio García de Ovalle. De estas escrituras se deduce lo anteriormente dicho, de que la Sinagoga de los Judíos estaba en lo que hoy es jardín paseo, y el castro de ellos un poco más arriba, en las casas colindantes don la parte nueva de la casa hospicio y en ésta.

Tenían también los judíos de esta ciudad otro barrio, para vivir, en la parroquia de Santa Marta, que estaba al Poniente de la población, en el sitio donde se edificó el alcázar que después fue castillo-palacio del Marqués, y se llamó también plaza del juego de cañas, y de ello dan testimonio varias escrituras. La una es del 4 de Agosto del año 1309. En esta fecha los cofrades de San Esteban de Brimeda, ayundatos en Astorga, vendieron a los bachilleres de la iglesia de Astorga, una casa en caleya que va de porta de Obispo para la juderia. en Astorga so canpana de Santa Marta25. En otra escritura, que se encuentra en el libro de la cofradía de San Nicolás, arriendan los cofrades de ésta a Alvar Alfonso, criado del obispo D. Juan, una casa a la juderia. so canpanas de Santa Marta; las había dado a la cofradía Juan Alfonso, clérigo de San Dictino; aunque la escritura no tiene año, se deduce de los asientos que debe ser del 1390.

Hay en el libro de la cofradía de Santa Marta una escritura, del 8 de Mayo de año 1392, que es una cesión, hecha por Fernando de Manjarín a Juan de Santa Cruz, de unas casas, que tenía en arriendo de la misma cofradía, y dice que estaban a puerta de Obispo para la alcázare.

En un libro de actas de la cofradía de San Esteban hay una, de 14 de Septiembre de 1422, de arriendo a Alfonso Estébanez de las casas, que solía tener Alvar Alfonso, escribano, que son a la juderia, cerca del alcazar, so campanas de Santa Marta; lindaban de una parte calle publica que viene del alcazar para Santa Maria -hoy calle de la Catedral-, y de otra la plaza publica que esta ante el alcazar, y de otras casas de los bachilleres. Y en el arriendo que en 1484 hizo la misma cofradía al canónigo Diego Alonso de una casa contigua a la anterior, dice, a la colación de Santa Marta, cerca del alcázar. Y en 1494 arrendó a Juan Martínez, cura de Murias de Rechivaldo, las casas que tuvo arrendadas cerca del alcázar el expresado canónigo; el Martínez dio por fiador a Juan Fernández, dicho chamuscado, era capellán de la capilla de San Marcos -en San Andrés-.

Estas escrituras prueban la antigüedad de la fortaleza o alcázar de Astorga, y corroboran, sobre todo la primera, lo que el meritísimo autor del Episcopologio Asturicense, dice al folio 345 del tomo 2º, al año 1388: «Alvar Pérez Osorio, el cojo, porque lo fue de nacimiento, en las contiendas del rey D. Juan con los portugueses e ingleses, los echó de Valderas, Astorga y Benavente con solos seiscientos caballeros y dos mil infantes; rompió al Duque de Alancáster, que pretendía el Reino por la mujer que era hija del rey D. Pedro. Hizo el alcázar de Astorga por mandado del rey

Aunque estaban señalados, para vivienda de los Judíos, los dos barrios o sitios que demuestran los datos aducidos, no obstante muchos de ellos vivían en otros puntos de la Ciudad, y principalmente en el centro de ella; así consta por muchas escrituras. En 15 de Diciembre de 1373, ante notario Juan Martínez, García Fernández, fiel, y su mujer, hicieron donación a Mosse Gazo, judío, de una casa, en la que ya vivía éste, so campanas de Santa Marta, que lindaba con casa de Pero González, ferrador, con casa de la capilla de San Elifonso, y con calle que viene de la torre furada26 para la rua nueva; cuya casa en 27 de Marzo de 1381, ante el notario Arias Alfonso, vendieron a Pero Johan, ferrero, y a su mujer Marina Estébanez, Abrahan Gazo y Juces Gazo, hijos de Mosse Gazo y de Dª Misol -María Sol- judíos, con licencia de su curador Jaco Castellano, viviendo entonces en ella Juces Cohin. En la escritura de 8 de Mayo de 1385, de venta de esta misma casa a la cofradía de Santa Marta, se dice que estaba en la rúa, (al principio de ella).

Según el libro de actas de la cofradía de San Esteban, en 26 de Enero de 1407 los cofrades de ella arrendaron a Nicolás Alfonso una casa a la rúa nueva, «en que agora mora Jona, judío.» En otra acta de 12 de Noviembre del mismo año aparece que la cofradía donó a Alfonso Domínguez, compañero en la Catedral, dos años de renta de las casas que él hizo en la rúa27, en que mora Juceb Abaz, judío, otra casa en la misma rúa, y en 31 de Diciembre a Nicolás Alfonso, escribano de letra formada28, otra casa «a donde dicen Villaverde», cerca de las de D. Baru, judío. Por otras escrituras de arriendo de casas en los años 1431, 1440 y 1441 consta que en la misma calle vivían los judíos Mosse Avi, Isa que … (no se puede leer más), y Salomón Zidizaro, quedando, como fiador de éste, por la renta, el también judío Abrahan Pesquier, ferrero, que por sentencia dada en 1451 por D. Alfonso García de Grijota, provisor por el obispo D. Alvaro Osorio, fue condenado a reparar una casa de la dicha cofradía en la rúa nueva, en la que vivía Mosse Mella, judío. El mismo Abrahán Pesquier, en 1454, formalizó escritura de convenio con la misma cofradía sobre los reparos que se habían de hacer en la casa que habitó Mosse Zidizaro, de quien era fiador, cuya casa estaba «en esta ciudad, alcanto de la rúa, cerca de la torre que fincó de Alvar Pérez, que son enfrente de las casas que fincaron de Zacanfin, difunto.» El Abrahán y su mujer Estrella se obligaron a alargar más la bodega de las casas contra el pozo, hacer tapias altas, sacar las aguas, y sobradarlas. Y en 1467, siendo peroste de la cofradía Alvar Alfonso, cura de Santo Othino, y marqués Alvar Pérez Osorio, vendió a Zacanfín, judío29, una casa, a la judería, colación de San Bartolomé, que lindaba con otra de Abrahán Pérez, cirujano, y otra de Juan Pan y Agua.

Nota 3ª

La torre furada, forada o hurada, con cuyos calificativos se ve llamada, sin duda por la alcantarilla que pasa debajo de ella, era la que todos los de Astorga hemos conocido con el nombre de casa de la torre, y una de las tres fortalezas o torres que tuvo la Ciudad, y que hoy (4 Noviembre de 1907) están concluyendo de derribar los que la compraron. La otra torre o fortaleza estaba cerca de la iglesia de San Julián y calle de este nombre, que comienza al final de la de la rua antigua. Así resulta de algunos documentos, y entre otros, de fecha no muy atrasada, del testimonio de un expediente judicial, seguido en 1689 ante el corregidor D. Antonio Osorio de Mayorga y escribanía de Bartolomé López de la Nogal, para la división de bienes, que dejó en esta Ciudad Francisco González del Río, platero, fallecido en Madrid, a servicio del Conde de Lences y Tribiana. Había dejado dos casas en la calle de Los Picos, junto a San Miguel, y otra en la de La Pastelería, que habitaba Felipe Alvarez Coque, platero. Por no tener fácil división esta última, se acordó venderla en pública subasta, y en la escritura de venta a Juan del Río, mercader, se deslinda «la dicha casa con sus altos y bajos, corrales, jardín, pozos, cavallerizas y demás a ella azesorio, propia de los dichos Francisco y Antonia González del Río, que está a la colación de San Julián de esta Ziudad, y que tiene dos puertas de servidumbre a la calle publica, que va de lcanton azia la dicha Iglesia de San Julian, y linda por la parte de arriba con cassa que quedo de Andres Rodriguez Raposo, y por las espaldas con casa y guertos y con un callejon y puerta trasera, que quedo de D. Francisco de Tapia regidor que fue de esta Ciudad, y por la parte de avajo con corrales de la cassa y torre del Señor de las rregueras.» Venía a estar esta casa vendida a la derecha de la de don Angel Suquilvide, pues aún existe la puerta trasera que cerraba el callejón de la casa del Sr. Tapia, en la plaza. Por lo tanto la casa y torre del Señor de las Regueras, D. Lope Osorio, que estaba por la parte de debajo de la de Francisco González del Río, era la última que hay en la calle por la izquierda a San Julián, y en ella estaba incluida parte de la huerta y almacenes de la fábrica de D. Modesto Goy Franganillo.

Historia de la Beneficiencia en Astorga por D. Angel San Román.
Astorga 1908, páginas 13 a 29.

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8 Véase la nota 1ª.

9 Va en el apéndice.

10 Xumaço, almohada de plumas.

11 No se puede leer distintamente el año de la era; que es el 1415 ó 1420.

12 Folio 1.º vto. del libro de la cofradía de San Feliz.

13 Véase acerca de esto lo que se dirá en la de San Feliz.

14 Se lee: trescientos.

15 Presas.

16 Uno a cada una.

17 Almohada de plumas.

18 Véase nota 3ª de la cofradía de Santa Marta.

19 Véase nota 2ª

20 En la calle de la Redecilla, hoy García Prieto.

21 Manto largo de mujer.

22 D. Vicente Lafuente en su obra Historia del culto de la Virgen, tomo 2º, págs. 32-186 y 214.

23 Manera de indicar, la iglesia mayor -Catedral-.

24 Estas casas las tomó Fernand Fernández y su mujer Leonor Fernández, dando por ellas una heredad que rentaba carga y media de trigo; uno de los testigos de esta escritura fue Lope Rosynos, cazador del Señor Marqués. Y dieron una tierra debajo del molino que dicen molín de rey, que está cerca del río de dicho molino lindaba por una parte la ponteja de molín de rey, de otra reguero de altares, de otra camino para San Justo y de otra el río de los molinos; dieron también la mitad de tres tierras (a dividir con Diego Moro y Aldonza Muñiz, su mujer) so campanas de Sant Othinio, cerca de la huerta de la pedrera: una de ellas la picona.

25 Esta escritura está testimoniada al folio 218 de un pleito en 1571 sobre adjudicación del curato de Nistal.

26 Véase la nota 3ª.

27 Se habían quemado, y adelantó el dinero para hacerlas de nuevo.

28 Véase la nota 3ª en la cofradía de Santa María.

29 Prestamista, según testamento de Catalina Fernández, de 10 de Diciembre de 1477.

Vázquez de Parga1 al escribir sobre las cofradías con nombre extranjero dice de Santa María de Rocamador.

El documento más antiguo que la nombra es de 1310, pudo tener antecedentes mas lejanos, que si se remontasen al siglo XII habría que interpretar como posible prueba de que lo mismo la cofradía que su hospital fuera una mera creación de los “francos” astorganos, dado el origen francés de aquella devoción.

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1 Vázquez de Parga, Luis. Las peregrinaciones a Santiago de Compostela. Tomo II, página 276.