10-07-1885. Apaa p. 5º. Construcción depósito de cadáveres.
Acordado por el Ayuntamiento la construcción de un depósito de cadáveres en el cementerio, los mismos maestros carpinteros quedaron encargados de formar el presupuesto del coste de la obra, y presentarlo inmediatamente.
07-08-1885. Apaa p. 3º. Construcción depósito de cadáveres y sala de autopsia.
Por el mismo concejal Sr. Palacio (Don Antonio), primero y por Don Francisco Otero después, se pidió que la comisión de Beneficencia y Sanidad del Ayuntamiento, intervenga en la construcción del depósito de cadáveres y sala de autopsia que ha de hacerse en el cementerio de esta ciudad. A lo que contestó el segundo teniente que estando aprobado el plano y presupuesto de la obra, y aprobado el remate público que se hizo de la misma, no puede tratarse ya de dicho asunto, ni volver sobre el asunto tomado. En el mismo sentido habló el Sr. Primer Teniente, disponiendo la Corporación que se esté a lo acordado en este particular.
01-11-1885. Apaa p. 8º. Recepción obras depósito de cadáveres.
Se dio cuenta de haber sido terminadas las obras del depósito de cadáveres, contiguo al cementerio general. El Ayuntamiento acordó: la recepción de las mismas, por estar ejecutadas con sujeción al plano aprobado y condiciones estipuladas; y que se abone al contratista el importe de aquellas.
27-11-1896. Apaa p. 5º. Ampliación, necesidad.
El Sr. Presidente manifestó que el aumento de población, y, como consecuencia el de mortalidad exigían con urgencia el ensanche del Cementerio Católico y puesto que en el presupuesto actual no hay consignación para dicha obra, proponía que mientras llegaba la época de formación del nuevo presupuesto, y con el fin de tener algo adelantado, se empezara a extraer materiales del lienzo de la muralla Norte, contiguo a la plaza de toros, llevándolos para las tierras inmediatas a la Capilla del citado Camposanto, siendo aprobada por unanimidad dicha proposición por el Ayuntamiento.
01-01-1897. Apaa p. 7º. Ampliación, provisión de piedra.
... que se continúe extrayendo piedra en los escombros de lo que fue la plaza de toros, y se coloque como hasta aquí en las fincas de don Evaristo Blanco, que linda con el cementerio, para cuando se haga el ensanche de éste, ...
07-05-1897. Apaa p. 7º. Ampliación, provisión de piedra.
Distribución de fondos ..., que continúe el arreglo de calles y la extracción de piedra para el ensanche del cementerio.
08-10-1897. Apaa p. 4º. Arreglo capilla.
Distribución de fondos ... que continúe el arreglo de la capilla y depósito del cementerio.
17-10-1897. Apaa p. 11º. Ampliación, adquisición de terreno.
El Sr. Primer Teniente Alcalde, Presidente de la Comisión de Cementerio, dio cuenta de las gestiones practicadas por la Comisión con D. Evaristo Blanco Fernández, dueño de la finca que existe a espaldas del Cementerio, y que es necesaria para el ensanche del mismo, y dice que el referido dueño pide como último precio la cantidad de quinientas pesetas por toda la finca y que a espaldas del Campo Santo posee, y que tiene aproximadamente de sembradura cuatro fanegas y seis celemines de centenal de segunda, y que linda al oeste con camino del Cementerio a Carneros, poniente herederos de María Colasa Jarrín, mediodía Cementerio y norte tierra que fue de Vicenta Nistal de Puerta de Rey, manifestando a la vez que no le parece excesiva la cantidad que por dicho terreno pide, si se tiene en cuenta la extensión del mismo, y lo necesario que es para el ensanche del Camposanto. La Corporación después de haber oído la opinión de otros Sres. Concejales favorable a la adquisición de dicho terreno, a fin de llevar a debido efecto el ensanche del Cementerio, por unanimidad acordó comprar al D. Evaristo Blanco Fernández el terreno referido, por la mencionada cantidad de quinientas pesetas, autorizando a la citada Comisión de Cementerios para que represente al Ayuntamiento en el acto de otorgamiento del correspondiente documento.
07-11-1897. Apaa p. 3º. Ampliación, continuar obras.
Distribución de fondos ... que continúen las obras empezadas en el Campo Santo y plaza de toros.
01-11-1897. Apaa p. 11º. Ampliación, contrato adquisición de terrenos.
Dada cuenta del contrato celebrado entre la Comisión de Cementerio, en representación del Ayuntamiento y D. Evaristo Blanco Fernández, por virtud del cual éste cede al Ayuntamiento por la cantidad de quinientas pesetas, toda la finca que posee a espaldas de la capilla del Campo Santo; la Corporación por unanimidad aprobó dicho contrato y acordó el pago de la citada cantidad de quinientas pesetas, con cargo al capitulo tercero, artículo octavo; y como manifestara el Sr. Presidente de la referida Comisión, que además había que abonar a los colonos que traían en arrendamiento la mencionada finca, los daños y perjuicios que se les han ocasionado, puesto que ya la tenían labrada y abonada, y cuyos perjuicios habían apreciado en veinticinco pesetas, la Corporación, en vista de lo expuesto, acordó también el pago de las veinticinco pesetas, con cargo al mismo capítulo.
19-11-1897. Apaa p. 5º. Ampliación, instruir expediente.
El Sr. Alcalde Presidente manifestó que una vez que se ha adquirido el terreno para el ensanche del Cementerio, se hace preciso seguir ciertas formalidades, si ha de llevarse a debido efecto el expresado ensanche, que tanta falta hace por lo reducido, que ya resulta el actual Cementerio. Abierta la discusión sobre este asunto, todos los Sres. Concurrentes reconocieron la necesidad de llevar cuanto antes a cabo el mencionado ensanche, según en otras sesiones habían manifestado, al tratar de este particular, en cuya vista la Corporación por unanimidad acordó, que a fin de llevar a cabo el ensanche del camposanto, se instruya el expediente necesario, según la legislación vigente, encomendando la redacción del correspondiente proyecto al Arquitecto D. Manuel Hernández Reyero.
26-11-1897. Apaa p. 15º. Ampliación, continuar extracción de piedra.
Distribución de fondos ... que continúe la extracción de piedra y nivelación de la plaza Juego Cañas y calle de Altamira, y la obra del Cementerio hasta donde alcanza la cantidad presupuestada para la misma ...
03-12-1897. Apaa p. 6º. Ampliación, nóminas jornales.
Dada cuenta de dos nóminas ... y la otra por valor de ciento veinticinco pesetas con cincuenta céntimos, correspondiente a las obras del Cementerio.
17-04-1898. Apaa p. 7º. Ampliación, nóminas jornales.
Fueron aprobadas las nóminas de jornales invertidos en ... ensanche del cementerio ...
15-05-1898. Apaa p. 5º. Ampliación, pago rejas de hierro, aplazado.
Así mismo se acordó satisfacer al herrero D. Máximo Redondo doscientos cincuenta pesetas por cinco rejas de hierro que ha construido para el ensanche del cementerio, con este acuerdo no está conforme el concejal Sr. Murias porque su parecer es que informe antes la comisión respectiva.
22-05-1898. Apaa p. 3º. Ampliación, pago por perjuicios al extraer piedra.
Así mismo se acordó satisfacer a D. Vicente López, vecino de esta Ciudad la suma de cuarenta pesetas por el forraje de una finca de su propiedad por bajo de la muralla, en cuya suma van incluidos los perjuicios que se causaron en la misma al extraer piedra con destino al Cementerio.
28-08-1898. Apaa p. 7º. Ampliación, pago rejas de hierro, pase a informe.
Se acordó pase a informe de la Comisión de Cementerios una cuenta de D. Máximo Redondo importante doscientas pesetas por cuatro rejas construidas para las obras del mismo.
04-09-1898. Apaa p. 10º. Ampliación, pago rejas de hierro.
De conformidad con lo propuesto por la Comisión de Cementerios se acordó satisfacer a D. Máximo Redondo doscientas pesetas por cuatro rejas que construyó para el Cementerio Católico.
02-10-1898. Apaa p. 7º. Cesión para mausoleo soldados Ejercito de Cuba.
Se dio cuenta de una comunicación suscrita por el Presidente y Secretario de la Asociación de la Cruz Roja de esta Ciudad, pidiendo que el Excmo. Ayuntamiento ceda el terreno necesario en el Cementerio de la ciudad, con el fin de levantar un monumento o mausoleo a los soldados repatriados del Ejército de Cuba fallecidos en la misma, habiendo acordado por unanimidad, que no habiendo por ahora terreno disponibles para ello en el Cementerio, se les conceda desde luego lo que solicitan en el nuevo, que se está construyendo y que se terminará próximamente a fin de año.
29-01-1899. Apaa p. 3º. Ampliación, pago rejas de hierro.
Por unanimidad fue acordado el pago de las siguientes cuentas: 1º una de ochenta pesetas a D. Máximo Redondo, con cargo al capítulo 3º, articulo 8º por dos rejas para las ventanas del nuevo cementerio.
05-02-1899. Apaa p. 2º. Ampliación, pago ladrillos.
Fue aprobada y se acordó su pago otra de Manuel del Palacio importante setenta y dos pesetas por tres mil seiscientos ladrillos para las obras del Cementerio, lo cual se satisfará con cargo al Capítulo, 3º, artículo 8º.
05-02-1899. Apaa p. 3º. Ampliación, pago cal.
Así mismo se acordó satisfacer a D. Joaquín García veinte y siete pesetas importe de cal facilitado para las obras del cementerio y se abonará con cargo al capítulo 3, artículo 8º del presupuesto.
05-02-1899. Apaa p. 10º. Ampliación, obras por contrata, redacción pliego condiciones.
Y teniendo en cuenta que sería más ventajoso para los intereses municipales, que las otras que se están practicando en el Cementerio, se hagan por contrata en pública licitación, adjudicándose al Maestro Albañil o Cantero que haga proposiciones más favorables, acuerda la Corporación que se lleven a efecto de esta forma, para lo cual las comisiones de Obras y Cementerios redactarán el oportuno pliego y se anuncie el acto por bando para uno de los días de la semana entrante, verificándose ante el Alcalde y Comisiones referidas.
20-02-1899. Apaa. Nombramiento de comisión para emitir dictamen sobre el reglamento.
21-02-1899. EHA nº 15. Nombramiento de comisión..
Como verán nuestros lectores en otro lugar de este número, ayer acordó la Junta municipal nombrar una Comisión de su seno que dictamine acerca del nuevo Reglamento de Cementerios.
Aunque la sesión de ayer tenía por objeto someter a la aprobación de la Junta municipal dicho Reglamento, los Sres. Asociados desistieron con muy buen acuerdo de tal propósito, para estudiar, como se hizo presente en la sesión, las razonables observaciones que el HERALDO ASTORGANO ha hecho al referido proyecto.
Nos felicitamos por dicho acuerdo y confiamos en que el dictamen de la Comisión nombrada ha de subsanar las deficiencias que contiene dicho Reglamento y que nosotros hemos hecho notar en los artículos que le hemos dedicado.
21-02-1899. EHA nº 15. Componentes comisión.
Sesión Ayto. 20 febrero. Leído el Reglamento de Cementerios se acordó nombrar una Comisión de la Junta compuesta de los Sres. D. Vicente Cabezas, D. Isidro Blanco, D. Dámaso Arias y Don Marcelino Sabugo, para que emita dictamen del que se de cuenta en la primera sesión que se celebre.
26-02-1899. Apaa p. 5º. Construcción de la portada, pago pase a informe.
Se dio cuenta de ... una cuenta de D. Pedro Rebaque pidiendo se le abonen doscientas setenta y cinco pesetas por la construcción de la portada del cementerio.
02-03-1899. Apaa p. 1º. Construcción de la portada, pago.
Visto el dictamen de la Comisión de Obras acordó el Ayuntamiento se abone a D. Pedro Rebaque la cantidad de doscientas setenta y cinco pesetas por construir una portada en el Cementerio.
21-03-1899. EHA nº 23. Informe comisión.
Proyecto de Reglamento del Cementerio Católico de esta Ciudad. (Segunda época)
La Junta municipal acordó en sesión de 20 de Febrero último someter el proyecto en cuestión al dictamen de una Comisión de su seno, y ésta ha emitido el siguiente informe:
«En virtud del encargo que nos confió la Junta Municipal en sesión del día 20 del actual, hemos leído con la debida atención el proyecto del Reglamento del Cementerio católico de esta Ciudad, y supuestas la naturaleza del asunto y la necesidad de la intervención directa de la autoridad eclesiástica, opina esta Comisión que el procedimiento más breve y legal es presentar desde luego dicho proyecto de Reglamento al Prelado, por si juzga conveniente designar personas que, en unión de las que representen al Municipio, procedieren a la formación de un nuevo proyecto o a la reforma del ya formado.
Tal es el dictamen de esta comisión, salvo el mejor parecer de la Junta municipal.
Astorga 28 de febrero de 1899
Marcelino Sabugo. Isidro Blanco.
Vicente cabezas. Dámaso Arias.»
Al parecer hay quien no se conforma con este dictamen, por considerar de la exclusiva competencia del Ayuntamiento todo lo que se refiere a la propiedad, administración y derechos de enterramientos del Cementerio católico; se opone a la intervención de la Autoridad eclesiástica en este asunto con tal desprecio de todas las disposiciones civiles y eclesiásticas, que no dudamos le dejarán en medio del arroyo sus malintencionados consejeros, cuando el asunto sea discutido y puesto en conocimiento de la autoridad superior eclesiástica y civil.
Para que no se deje envolver la Junta Municipal en camisa de once varas, transcribimos una Real Orden de 18 de Marzo de 1861, por precederle un informe que comprende las principales disposiciones legales en esta materia.
Dice así el citado informe que precede a la referida R.O.: «En el expediente relativo a si las llaves del Cementerio de Restebal, provincia de Granada, deben estar depositadas en poder del Alcalde o del Cura párroco de la expresada villa, las Secciones de Estado y de Gracia y Justicia, de Gobernación y Fomento del Consejo de Estado con fecha 5 del mes último han informado lo siguiente:
Excmo. Sr.: Estas Secciones han examinado el expediente instruido con motivo de las contestaciones que han mediado entre el M. Rvdo. Arzobispo y el Gobernador de Granada sobre si corresponde al Cura párroco o al Alcalde de Restabal conservar las llaves del Cementerio de la misma villa. Siempre es sensible todo conflicto entre las Autoridades, pero sube esto de punto cuando no existe ninguna razón fundada para ello (1). Esto es cabalmente lo que sucede en el asunto que ha motivado el expediente sobre que han de emitir su informe las Secciones. Desde los primeros tiempos del Cristianismo han sido considerados los cementerios como lugares sagrados, y por consiguiente han tenido los privilegios de tales(2). Eran consagrados por los Obispos con las ceremonias que para el efecto establece el Ritual Romano, del mismo modo que se hacía para consagrar las iglesias ... Y no podía suceder otra cosa, porque los fieles mientras viven, pertenecen a la sociedad civil; desde que mueren sus restos pertenecen a la Iglesia que los recibe y conduce al Cementerio con las plegarias y oraciones de los difuntos, y les da sepultura bendecida como parte de la comunión de la Iglesia en que vivieron. De aquí ha procedido la parte tan principal que la Autoridad eclesiástica ha tenido siempre en todo cuanto se ha referido a cementerios, que se han considerado como una parte integrante de las iglesias parroquiales.
Ambos derechos, el canónico y civil, están conformes en esto. Y para que resalte más si cabe el carácter de lugar sagrado que los cementerios tienen, considérense con sus cruces y signos de la Religión repartidos por todas partes ... con el recogimiento que el lugar inspira, con el sentimiento religiosos que por todas partes se difunde, con las oraciones que por el eterno descanso de los muertos se escuchan». Hasta aquí el informe.
De lo dicho se infiere que los que no se conformen con el citado dictamen, niegan la Autoridad de su Prelado, lo cual envuelve a la vez una protesta contra las leyes del Estado y de la Iglesia, tendiendo lo primero a la tiranía y lo segundo a la herejía.
(se continuará.)
(1) Esto se llama un buen rapapolvo.
(2) Ya pueden ver nuestros ediles cómo no se olvidan de la Doctrina Cristiana los señores que componen estas Secciones, siendo por otra parte, de los más ilustrados de nuestros jurisconsultos.
25-03-1899. Apaa p. 12º. Ampliación, pago jornales.
Se dio cuenta de una relación que comprende veinte y una listas de jornales invertidos desde la primera quincena de diciembre último hasta el día de hoy en las obras de ampliación del Cementerio público y hallándolas conformes y dentro del crédito acordado por la Corporación, se acordó aprobarlas y que se formalice su pago de tres mil doscientas doce pesetas, cincuenta y cinco céntimos a que ascienden dichas listas con cargo al crédito consignado para dichas obras en el presupuesto vigente.
01-04-1899. Apaa p. 2º. Ampliación, pago jornales.
Aprobado el pago ... 5ª otra de D. Manuel García por jornales en la construcción de las paredes del Cementerio importante novecientas pesetas con cargo al Capítulo 3º artículo 8º disponiéndose al propio tiempo se le devuelva el depósito constituido una vez que transcurran los quince días desde la terminación de las obras, las cuales se dan por recibidas en el día de hoy.
10-06-1899. Apaa p. 9º. Ampliación, piedra sobrante.
Fue denegada la petición de Juan Rebaque Viforcos sobre venta de cincuenta carros de piedra de la sobrante del Cementerio.
21-07-1899. EHA nº 58. ¿En que país vivimos?.
No cabe hacer otra pregunta al ver la frescura con que el Municipio enajena metros y más metros de terreno del Cementerio Católico, sujetándose para la venta a las tarifas de un Reglamento que no ha pasado todavía de la categoría de proyecto.
Recordarán nuestros lectores la campaña que en estas mismas columnas hicimos contra el descabellado Reglamento que se trataba de imponer para el régimen y gobierno de la última morada, y tampoco habrán olvidado que como consecuencia de los artículos que publicamos se redujo el ingreso de 2.650 pesetas, que la Comisión de Hacienda hacía figurar en el capítulo 2.º, artículo 5.º del proyecto de presupuesto ordinario para el corriente ejercicio, al de 350 pesetas, que es la cantidad que se venía consignando en presupuestos anteriores.
No solamente conseguimos esto, sino que alcanzamos también que la Junta municipal nombrara una Comisión de su seno, que diera dictamen acerca del célebre proyecto; y si la memoria no nos es infiel, parécenos que aquella informó que procedía invitar al Prelado a que designara tres personas, que en unión de otras tantas que eligiera el Ayuntamiento, reformarán el referido Reglamento o hicieran otro nuevo.
Al parecer, el dictamen está durmiendo el sueño de los justos. ¿Se desprecia, acaso, para eludir toda intervención de la Autoridad eclesiástica? ¿Pretende, por ventura, caminar nuestro Municipio sin ley y sin rumbo fijo, como si viviéramos en un periodo constituyente o revolucionario?
Veremos si en la próxima sesión contesta satisfactoriamente el Ayuntamiento a las anteriores preguntas.
26-09-1899. Apaa. Ampliación, encargar plano.
Y por último se acordó por el Ayuntamiento que el arquitecto municipal se encargue desde enaje de hacer el plano del cementerio.
05-11-1899. Apaa p. 2º. Ampliación, exposición pública plano.
Se dio cuenta del plano del Cementerio Católico de esta población, hecho que el Arquitecto Municipal y el Ayuntamiento acordó quede expuesto al público en Secretaría hasta la sesión próxima y que se anuncie por medio de oportuno bando para conocimiento del vecindario.
07-11-1899. EHA nº 89. Exposición plano.
Notas Municipales. Sesión del 5 de Noviembre de 1899.
Se acordó exponer al público hasta la próxima sesión el plano del cementerio católico de esta Ciudad, hecho por el Arquitecto Municipal y que dicha exposición se anuncie por medio de bando para conocimiento del vecindario.
12-11-1899. Apaa p. 2º. Ampliación, comenzar obras en parte nueva.
Dada cuenta del plano del Cementerio Católico de esta Ciudad y de una proposición suscrita por todos los Sres. Concejales respecto al mismo, se aprobó uno y otra por unanimidad y se autorizó al Sr. Presidente e individuos que componen la Comisión de Cementerios para que a la mayor brevedad posible se comiencen las obras necesarias para el arreglo y replanteo de la parte nueva de dicho cementerio.
14-11-1899. EHA nº 91. Notas Municipales. Sesión del 12 de Noviembre de 1899.
Se aprobó el plano del Cementerio Católico y una proposición referente al mismo, quedando facultados el Presidente y la Comisión correspondiente, para que procuren que cuanto antes den principio el arreglo y replanteo de la parte nueva del Cementerio.
14-11-1899. EHA nº 91. Circular Gobernador Civil.
En el Boletín Oficial de esta provincia ha publicado una circular el señor Gobernador Civil, ordenando a los Alcaldes que en el improrrogable término de 10 días manifiesten el número de cementerios que existen en cada término municipal de su respectiva jurisdicción, indicando separadamente si existe alguno en construcción o reparación y el importe presupuestado para las obras.
Transcurrido dicho plazo, a contar desde el 7 del corriente, serán declaradas incursas en la multa que determina el art. 184 de la vigente Ley municipal, las autoridades locales que no hayan dado cumplimiento a dicho servicio.
03-12-1899. Apaa p. 3º. Ampliación, pago jornales.
Se dio cuenta de las nóminas o listas de jornales invertidos en la presente semana y en la anterior en las obras verificadas en la ampliación del Cementerio Católico, importantes cuatrocientas noventa y siete pesetas ochenta céntimos, siendo aprobadas, acordándose se formalice su pago con cargo al Capítulo 3º Artículo 8º del presupuesto vigente; y en atención a que se halla casi agotado el crédito presupuesto para dichas obras, siendo necesario algunas más para su terminación y replanteo del Campo Santo con arreglo a plano aprobado por el Ayuntamiento, quedó acordado que por la Contaduría se abra un crédito de mil quinientas pesetas para atender a dichas obras, pagándose en suspenso hasta que se formalice en el próximo presupuesto adicional y se expida certificación de este acuerdo para los efectos de contabilidad.
24-12-1899. Apaa p. 1º. Ampliación, autorización para bendecir parte nueva.
Se entra en la orden del día y se da cuenta de un B.L.H. que el Sr. Provisor y vicario General de la Diócesis ha dirigido al Sr. Alcalde en el día de ayer participándole que con la propia fecha se autoriza al Sr. Arcipreste párroco de San Andrés para bendecir la parte nueva del Cementerio y en su vista el Ayuntamiento acordó por unanimidad que una comisión del mismo, compuesta por la de Cementerios y de los concejales D. Luis González y D. Ricardo Blanco, asista a dicho acto religioso, poniéndose previamente de acuerdo respecto del día y hora en que ha de tener lugar con el expresado Sr. Cura Párroco de San Andrés.
24-12-1899. Apaa p. 6º. Compra de plantas.
Se aprobaron dos cuentas, una de sesenta pesetas por doscientas plantas de sauces llorones, y otra de ochenta pesetas por doscientas plantas de acacias y castaños adquiridos por el Sr. Alcalde para los paseos públicos y Cementerio de esta Ciudad, acordándose su pago con cargo al capítulo 3º artículo 4º del presupuesto vigente.
24-12-1899. Apaa p. 8º. Pago de estacas para el replanteo.
Igualmente se aprobó otra cuenta de Leonardo García Seco, que asciende a diez pesetas por cuatrocientas estacas para el replanteo del Cementerio y se acordó su pago con cargo al capítulo 3º artículo 8º del propio presupuesto.
26-12-1899. EHA nº 103. Notas Municipales. Sesión 24 de diciembre del 99.
Se nombró a la Comisión de Cementerios y Concejales D. Luis González y D. Ricardo Blanco, para que asistan al acto de la bendición de la parte nueva del Cementerio católico, poniéndose previamente de acuerdo respecto del día y hora en que ha de tener lugar, con el Sr. Cura párroco de S. Andrés, que ha sido designado por la Autoridad Eclesiástica para hacer tal bendición.
31-12-1899. EHA nº 105. Ampliación, fallida bendición de la parte nueva del Cementerio.
Para ayer a las once de la mañana, estaba anunciada la bendición de la parte nueva del Cementerio Católico, pero llegó la hora y pasó esta, y no vimos en el Campo Santo más que al Capellán del Ayuntamiento y a los Vicarios de San Bartolomé y Santa Marta los cuales iban, al parecer, con objeto de asistir al Sr. Arcipreste del Decanato, Comisionado por el Ilmo. Sr. Obispo para el acto de la bendición.
Suponemos que se suspendería la ceremonia por causa del temporal, pero bien pudo avisarse oportunamente a los citados Sacerdotes, a fin de evitarles que sufrieran largo rato a la intemperie las inclemencias del temporal.
Y ya que del Cementerio hablamos, no queremos cerrar este suelto sin decir que las obras de la parte nueva no están aún terminadas.
31-12-1899. Apaa p. 1º. Ampliación, iniciar enterramientos en parte nueva.
Se acordó a propuesta del Sr. Alcalde que una vez practicada la bendición de la parte nueva del Cementerio se hagan en ella los enterramientos que ocurran en lo sucesivo.
14-01-1900. Apaa p. 4º. Acordar pago por crucero.
Se aprobó y acordó su pago con cargo a los capítulos 8º y 4º dos cuentas de Emilio Villa importantes respectivamente 18 ptas. y 16 por hacer un crucero para la bendición de la parte nueva del Cementerio y arreglo de una mesa para la sala de recepciones del Ayuntamiento.
21-01-1900. Apaa p. 11º. Desaparición de nichos.
Desaparición de nichos en el Cementerio. Plazo para acreditar propiedad. Solicitud de propiedad.
25-02-1900. Apaa p. 18º. Pago jornales.
Así mismo fue aprobado otra nómina de jornales empleados en el citado mes (el de enero) en las obras del cementerio, importante trescientas treinta y tres pesetas setenta céntimos, acordándose el pago con cargo al capítulo 3º, artículo 3º del presupuesto actual.
17-07-1900. Apaa p. 13º. Rectificación plano y replanteo.
Quedó acordado que por el Arquitecto se haga la rectificación del plano y replanteo del Cementerio Católico, señalamiento de cuarteles, clases a que pertenecen y demarcación de sepulturas en los mismos, y que una vez practicado de cuenta de ello a la comisión correspondiente para que este proponga al Ayuntamiento lo que juzgue oportuno.
24-07-1900. Apaa p. 6º. Facilitar datos para replanteo.
En vista de una comunicación del Sr. Arquitecto contestando a otra que se le pasó para que practicase la rectificación, replanteo y señalamiento de sepulturas del Cementerio, la Corporación acordó que por la Comisión respectiva se le faciliten los datos para llevar a cabo dichos trabajos.
30-11-1901. Apaa p. 7º. Aprobación plano. Reglamento.
Se dio cuenta del plano del Cementerio, que por duplicado formó el perito práctico D. Vicente Cabezas, y de la clasificación que se ha hecho de las sepulturas de aquel y por unanimidad se aprobaron una y otra, mandando que ambos ejemplares se coloquen en cuadros y se instalen uno en el cementerio y otro en la secretaría municipal; que por D. Marcial García se hagan los rótulos que en el plano se indiquen; que se de nombre o bautice a los cuarteles por el Ayuntamiento, para lo cual avisará con oportunidad el Sr. Alcalde, y que el concejal Sr. Pallarés, a quien se comisionó al efecto, se entere de lo que pueden costar las chapas correspondientes para estampar los nombres de los cuarteles. Como consecuencia de la aprobación del referido plano, se acordó quede sin efecto o inutilizado el que existía en dicho cementerio, disponiéndose así mismo que sin levantar mano se proceda al estudio y aprobación del reglamento para el régimen y conservación del cementerio. (Por esas fechas en el cementerio existían nichos, y por el mal efecto que producen, se concedían sepulturas por los mismos)
30-10-1902. Apaa. p. 4º. Arreglo campana
Se acordó en vista del informe del Concejal e Inspector del Cementerio Sr. Sabugo le fueran satisfechas a Lamberto del Valle cinco pesetas por el arreglo de la campana del Cementerio y hacer para el mismo una tabla para anuncios, las que serán abonadas con cargo al Cap. 3º Art. 8º del presupuesto actual.
01-02-1906. Apaa p.12º. Proposición de saneamiento
Se da lectura de una proposición suscrita por el Concejal Inspector del Cementerio, D. Paulino Alonso Lorenzana en la que propone la declaración urgente de discutir y acordar en esta sesión las obras que es preciso ejecutar para el saneamiento del Cementerio. Hace el Sr. Lorenzana detenido examen del estado en que se encuentra dicho recinto y dice que en las condiciones en que hoy se halla, ni debe ni puede continuarse haciendo enterramientos, puesto que no es posible dar a las sepulturas la profundidad que deben tener a causa de que el expresado lugar está convertido en un pantano y al hacer las fosas a los treinta centímetros brota abundantísima agua, dando con ello lugar a espectáculos poco edificantes, haciéndose por consiguiente preciso se continúen las obras ya empezadas para su saneamiento. E. Sr. Romano le contestó que mucho le agradaría se realizasen los deseos del Sr. Lorenzana, que son los suyos, no creyendo se consiga nada con la continuación de las obras iniciadas, sin embargo, si el Sr. Lorenzana tiene fue en ellas pueden continuarse, creyendo que a fin de no gastar tiempo y dinero en valde, lo mas acertado sería que estas obras se hiciesen con sujeción al dictamen de una persona técnica.
El Señor Núñez manifestó hallarse conforme con lo expuesto por el Sr. Presidente, agregando que además del estudio se haga un presupuesto. Insiste el Sr. Lorenzana en sus manifestaciones y pide al Sr. Presidente se someta a votación la proposición presentada, y hecho así por el Sr. Presidente, por ocho votos de los Sres. Alonso Garrote, Alonso y Alonso, Luengo Prieto, Luengo Pérez, García Nistal, Silva, Lorenzana y Presidente, que lo hacen en el sentido de que se continúen las obras iniciadas para ver de conseguir el saneamiento del Cementerio, contra tres de los Sres. Castrillo, Majo y Núñez que lo emiten para que las obras de saneamiento se practiquen bajo el dictamen de persona técnica y mediante presupuesto, quedó acordado lo expuesto por dicha mayoría.
01-02-1906. Apaa. Trabajos de saneamiento
... antes de entrar a dar cuenta de los asuntos puesto a la orden del día, el Sr. Lorenzana da las gracias al Sr. Presidente por haber mandado algunos obreros a que continuasen los trabajos hincados para ver si se consigue el saneamiento del Cementerio, ... El Sr. Presidente le contesta que no solo mandó a los obreros por complacer al Sr. Lorenzana, sino que por ver si se realizan sus suposiciones y se consigue el saneamiento del Cementerio, en lo que también está vivamente interesado. El Sr. Núñez dice le extraña la premura del Sr. Lorenzana por la ejecución de tales obras, toda vez que las condiciones del Cementerio son hoy las mismas que cuando dicho señor fue alcalde, y entonces nada hizo. Le contesta el Sr. Lorenzana, que ya había confesado que si él y sus sucesores en el cargo de Alcalde habían sido negligentes en mejorar las condiciones de dicho lugar, no era motivo para que continuase lo mismo, que por su parte no tuvo propio conocimiento, ni tampoco el Inspector le denunció el estado lamentable del citado lugar, que de haber sabido, algo solo, de lo que allí ocurría, puede asegurar que se hubiesen hecho cuantos trabajos fuesen precisos para mejorar sus condiciones higiénicas, llegando en caso contrario hasta la clausura del Cementerio; porque no estaría dispuesto a consentir, como ha visto hoy precisamente, que afluyese sangre de una sepultura a la inmediata abierta. El Sr. Núñez dice que el también desea se mejoren las condiciones del Cementerio, a lo cual no se ha opuesto nunca, pero que insiste en lo manifestado, y que le parece que el Sr. Lorenzana está en un error respecto a lo que dice haber visto, pues bien podía suceder que fuese oxido de hierro; insiste el Sr. Lorenzana en sus manifestaciones y el Sr. Presidente ordena se de cuenta de los asuntos puestos a la orden del día.
19-09-1917. Apaa. Ruego de que se evite el juego a los bolos y otros.
Terminados los asuntos de la orden del día, pide la palabra el Sr. Gómez y dice que en las inmediaciones del Campo Santo y en terreno propiedad del Municipio se juega diariamente a los bolos, y con tal motivo se profieren blasfemias y otras palabras mal sonantes con escándalo de las personas devotas que concurren a aquel lugar sagrado. Ruego por tanto al Sr. Presidente que si está en sus atribuciones haga desaparecer la piedra que para dicho juego se halla colocada en el indicado sitio. También ruega a la presidencia acuerde el arreglo de la puerta accesoria del Cementerio Católico que está inutilizada y la limpieza del Cementerio Civil que se halla en muy mal estado.
El Sr. Presidente manifiesta está en todo conforme con lo expuesto por el Sr. Gómez en cuanto a la piedra del juego de bolos cuya desaparición ordenará, siempre que tenga atribuciones para ello, y en otro caso lo someterá a la decisión del Ayuntamiento y respecto a los demás extremos promete complacerle.
El Sr. García, D. Román, dice estar así mismo conforme con el Sr. Gómez, pero que también existe otra piedra donde se juega a los bolos en terreno propiedad del Municipio y debe igualmente hacerse desaparecer. Le contesta el Sr. Gómez que no se encuentra en el mismo caso teniendo presentes las razones anteriormente expuestas, y el Sr. Presidente dice que puede obligarse a pagar un canon al dueño de la piedra a que alude el Sr. García.
02-12-1927. Apaa. Propuesta de estudio de nuevo cementerio.
Dada cuenta por el Secretario del acuerdo que tomó la Junta Municipal de Sanidad en reunión de 22 de junio último, en el que se propone a la Excma. Corporación Municipal, que con la urgencia posible estudie el medio de construir un nuevo cementerio, a fin de poder proceder a la clausura del actual, el Pleno del Excmo. Ayuntamiento sin discusión alguna, acuerda por unanimidad tomar en consideración la citada propuesta.
28-10-1931. Apaa. Demolición pared de separación de cementerios, acuerdo.
A propuesta del Sr. Holgado, el Ayuntamiento acuerda por unanimidad demoler la pared que separa el Cementerio Civil del Católico, siempre que no existan obstáculos de índole legal, y que se forme el oportuno presupuesto par la ejecución de la expresada obra.
04-11-1931. Apaa. Petición de división en cuarteles.
Manifiesta el Sr. Román que habiendo sido derribada la pared que separaba el Cementerio Católico del Civil, procede que se divida este último en cuarteles de tercera clase numerados, respondiéndole el Sr. Alcalde que se efectuará cuando se reorganicen los servicios de los cementerios.
23-06-1932. Apaa. Proposición uso de la capilla y rótulo en la portada.
Proposición de la minoría socialista acerca de las instalaciones del cementerios. 1º La capilla que se convierta en depósito de cadáveres. 2º que el actual depósito de cadáveres quede solo para herramientas y materiales, y 3º que se quite la cruz que coronan las portadas y se ponga el rótulo de Cementerio Municipal.
Después de varias manifestaciones «interviene el Sr. Presidente haciendo constar que con dicha proposición no se ofende a nadie, porque para respetar los sentimientos ajenos hay que comenzar por respetar los propios, teniendo que cumplir con la Ley de Secularización de Cementerios, que dispone que solo podrán practicarse los ritos funerarios de los distintos cultos en cada sepultura, reconociendo que la mayoría son católicos, pero que la expresada ley fue votada por los diputados católicos y los que no lo eran, significando que basta que haya una sola opinión en contrario a las indicadas ideas católicas, para que se le respete, y que él se siente orgulloso de descender de una estirpe de católicos, y que si en sus manos estuviese no toleraría lo que hicieron algunas autoridades eclesiásticas destinando templos y edificios de arte a fines completamente distintos, y que la minoría socialista no tiene inconveniente en que subsista la capilla, cuyos cultos costearán los católicos, siempre que se permisible, y en diferir la proposición.»
Se acordó por unanimidad suspender la deliberación de la citada propuesta, para resolver en el momento oportuno.
24-09-1932. Apaa. Cambio nombre de cuarteles por el de numeración.
Proposición de la minoría socialista sobre reorganización del Cementerio Municipal. Cambio del Santoral Católico que da nombre a los cuarteles por el de numeración, dando así cumplimiento a la Ley de Secularización de Cementerios.
13-10-1932. Apaa. Habilitar habitación para herramientas.
Acuerda por unanimidad el proyecto de obras de reforma del Cementerio Municipal, consistente en habilitar una habitación para las herramientas y aislar así el depósito de cadáveres.
01-07-1933. Apaa. Cierre de la capilla.
Terminados los asuntos que figuran en el orden del día, el Sr. Perandones ruega a la presidencia le manifieste si es cierto que ordenó el cierre de la capilla del cementerio, contestándole ésta afirmativamente. El Sr. Perandones hace historia de la proposición que sobre la citada capilla había presentado en otra ocasión la minoría socialista, y que quedó aplazada por falta de documentación para resolver acerca del particular, alegando sus dudas de si el Sr. Alcalde obró en este asunto dentro de sus facultades, rogándole conceda un plazo a los católicos astorganos para que hagan las gestiones que estimen convenientes en relación con dicho asunto. El Sr. Alcalde dice que ordenó el cierre de la capilla cumpliendo con el Reglamento de la Ley de Secularización de Cementerios, que disponen que el culto se tenga al pie de la sepultura, significando que si los católicos consiguen del Ministerio de Justicia la correspondiente autorización para celebrar los cultos en la capilla, él no se opondría a su entrega mediante el abono de la cantidad que se estipulara. El Sr. Perandones insiste en que es un asunto que quedó sobre la mesa y sobre el cual debían pronunciarse el Ayuntamiento por lo que afecta al destino y uso de la capilla, reiterando que se conceda un plazo prudencial a los católicos astorganos, para que hagan las gestiones que estimen oportunas, aplazando entre tanto el cierre de la capilla, porque los católicos locales ignoran que se les concediesen un plazo para conseguir que no se cerrase la misma. El Sr. Alcalde expresa que lo que afecta al cierre de la capilla, no es de la competencia del Ayuntamiento y así lo reconoció D. Rodrigo María Gómez, y que lo proponía la minoría socialista en la citada moción era convertir la capilla en depósito de cadáveres, que fue lo que se aplazó y que por dar facilidades entones a los católicos, no la cerró, faltando a la Ley, y que publicado el Reglamento de ésta no puede rectificar la orden de cierre, lamentado no complacer en el ruego al citado concejal. El Sr. Durán confirma que la moción de la minoría socialista se refería a la transformación de la capilla en depósito de cadáveres.
02-11-1933. Apaa p. 79v. Más sobre el cierre de la capilla del Cementerio.
03-03-1970. Apaa p.4º. Nuevo cementerio.
Se acuerda delegar en la alcaldía las gestiones encaminadas a la cesión que por ofrecimiento ha sido hecha de un donante que desea permanecer en incógnito, a fin de activar la posesión de los terrenos necesarios y programar la cobertura de esta necesidad que no admite ya mayores demoras.
30-10-1970. Apaa p.6º. Nuevo cementerio. Informes de la presidencia.
Da cuenta de las valoraciones de terrenos para el nuevo cementerio municipal que regalará anónimamente una persona amante de la Ciudad.
26-06-1974. Apaa p. 7º. Nuevo cementerio. Compromisos de compra de terrenos.
Facultar al Sr. Alcalde para realizar compromisos de compra de terrenos para el nuevo cementerio municipal.
14-12-1974. Apaa p. 8º. Nuevo cementerio. Cumplimentar compromisos de compra de terrenos
Terrenos para el nuevo cementerio. Cumplimentar los compromisos condicionales adquiridos, y designar a este efecto una comisión que estará integrada por D. Ramiro Pérez, D. Julio Sanz y D. Agustín Nistal.
28-04-1975. Apaa p. 12º. Escasez de disponibilidad de sepulturas.
El concejal del cementerio Sr. Nistal Nistal hace una exposición en la que constata la escasísima disponibilidad de sepulturas en el Cementerio Municipal.
30-06-1975. Apaa p. 16º. Nuevo cementerio. Adquisición de terrenos.
Previa declaración de urgencia se acuerda la adquisición de terrenos que para el nuevo cementerio había sido ya con anterioridad objeto de compromiso de compra.
28-07-1975. Apaa p. 7º. Escasez de sepulturas disponibles.
Ruegos y preguntas. El concejal delegado de cementerio D. Agustín Nistal pone de manifiesto que en el cementerio municipal no quedan disponibles mas que 73 sepulturas.
27-10-1975. Apaa p. 6º. Reglamento, pase a estudio.
Presentado por el Sr. Concejal Delegado D. Agustín Nistal, acordándose pase a estudio de la Comisión de Gobierno.
18-12-1975. Apaa p. 6º. Reglamento, queda pendiente de aprobación.
Reglamento del Cementerio. Se acuerda dejar pendiente su aprobación.
27-12-1976. Apaa p. 14º. Compra urgente de nichos prefabricados.
Moción Cementerios. Lectura de moción presentada por el concejal D. Lorenzo Álvarez. Sólo quedan 8 sepulturas. Declaración de urgencia de las obras de ampliación previa adquisición de terrenos y compra urgente de 60 nichos prefabricados para su inmediata colocación.
17-01-1989. Apaa p. 9º. Anexo, acuerdo de iniciar expediente de ampliación.
26-09-1990. Apaa p. 7º. Anexo, adquisición de terrenos.
Por unanimidad de los ocho concejales asistente se acuerda adquirir los terrenos ofertados por D. Juan Geijo Martínez al precio de 300 ptas. metro cuadrado, según la oferta que presenta de una finca colindante al Cementerio Municipal de 3.000 metros cuadrados.
02-03-1991. Apaa p. 3º. Anexo, adquisición de terrenos.
Adquisición finca en aledaños del cementerio. Por unanimidad se acuerda comprar la finca de D. Isidoro Sabino González Alonso, de 4.756 m2 por el precio de 1.426.800, siendo el precio por m2 de 300 ptas.
29-04-1991. Apaa p. 3º. Anexo, adquisición de terrenos.
Instancia de D. Esteban Alonso Nistal, ofreciendo al Ayto. la venta de las parcelas con referencia “al sitio del Campo Santo”, polígono 11, parcelas 22.a, 23.a de 2.300 m2, y parcela 34 de 493 m2 al precio de 300 ptas m2.
Aprobado por unanimidad, adquiriendo el compromiso de correr íntegramente con todos los gastos de notaría y registro.
15-11-1991. Apaa p. 2º. Anexo, adquisición de terrenos.
Adquisición finca en aledaños cementerio. Al existir disputa en cuanto a parte de la propiedad de las fincas 22ª y 23ª en que alega D. Emilio Nuevo San Martín que de 16 partes de las fincas referidas, dos son de su propiedad, 288 m2 de los 2304 m2 que miden por lo que el Ayto. debería abonar 86.400 ptas. que en consecuencia no entregará a D. Esteban Alonso Nistal.
En el ánimo de los contendientes está el no causar perjuicio al Ayto., y en consecuencia aceptarán esta solución que les parece la más correcta.
Aprobado por unanimidad.
04-03-1992. Apaa p. 6º. Anexo, adquisición de terrenos.
Aprobado por unanimidad la adquisición de finca sita en aledaños del Cementerio propiedad de D. Francisco Alonso Nistal de 3.738,8 m2 en el precio de 300 ptas m2.
30-12-1992. Apaa p. 13º. Aprobación proyecto técnico cerramiento aledaños.
Por la Secretaría se da cuenta del Proyecto Técnico “Cerramiento de Terrenos Municipales”, redactado por el Arquitecto D.ª Yolanda Cordero Alonso y cuyo presupuesto de ejecución material asciende a 25.280.690 pts y de ejecución por contrata asciende a 34.596.624 pts.
Igualmente se da cuenta del dictámen favorable emitido por la Comisión Informativa de Cuentas, Hacienda y Administración del día 29.12.92.
Abierto el turno de intervenciones, al no producirse éstas, se pasa a la votación, con el consiguiente resultado: votos a favor 17, en contra ninguno y abstenciones ninguna.
Y el Pleno del Ayuntamiento por unanimidad de su composición legal ACUERDA aprobar el Proyecto Técnico de “Cerramiento de Terrenos Municipales”, cuyo presupuesto de ejecución material asciende a 25.280.690 pts y de ejecución por contrata asciende a 34.596.624 pts, ordenando su exposición al público por el tiempo reglamentado, entendiéndose definitivamente aprobado para el caso de no presentarse reclamaciones.
28-10-1993. Apaa p. 8º. Adquisición fincas en aledaños.
Por la Alcaldía Presidencia se da cuenta del expediente administrativo, con especial referencia al Pleno del Ayuntamiento del día 04.03.92, por el que se adquieren parcelas al propietario D. Francisco Alonso Nistal. Se trae de nuevo este punto del orden del día, al existir disputa en cuanto a parte de la propiedad entre D. Francisco Alonso Nistal y D. Emilio Nuevo San Martín. La disputa viene por las fincas dentro del polígono nº 11, parcelas 22B y 23B, y las alegaciones del Sr. Nuevo San Martín, se refieren a que [2] de 16 partes de las fincas referidas, propiedad de D. Francisco Alonso Nistal, igual que ha sucedido con las de su hermano D. Esteban Alonso Nistal, son, según manifiesta, de su propiedad. Pese a haberse tramitado la petición de la correspondiente nota simple al Registro de la Propiedad el día 04.11.91, sin embargo ésta no se ha recibido, si bien la Alcaldía, después de analizar la documentación de los propietarios antes referidos, y de los informes técnicos, se inclina por considerar que efectivamente el Sr. Nuevo San Martín es el propietario de 2 partes de las 16 de las fincas 22B y 23B, propiedad de D. Francisco Alonso Nistal, circunstancia ésta que ya se reconoció por el Pleno Corporativo del día 15.11.91 para las fincas 22ª y 23ª entre D. Esteban Alonso Nistal y el Sr. Nuevo San Martín.
Por su parte, continua la Alcaldía, D. Francisco Alonso Nistal, después del acuerdo plenario del día 04.03.92, muestra su conformidad [suponemos quiere decir su disconformidad] con respecto a la medición llevada a cabo por el Aparejador Municipal, Sr. Bardal, por entender que no se han tomado las medidas desde los mojones adecuados, por lo que solicita una nueva medición. De otro lado manifiesta no estar de acuerdo con la cantidad a percibir por m/2, esto manifestado reiteradamente “in voce” al Ayuntamiento, señalando que la cantidad total que debe percibir para que consienta a su venta al Ayuntamiento es de 1.191.000 pts. proponiendo esta Alcaldía se acepte la propuesta, en cuanto que las obras de cerramiento de fincas aledañas al Cementerio van a comenzar próximamente, y retrasar esto supondría perjuicios de cierta importancia para el Ayuntamiento.
Por la Secretaría se da cuenta de la nueva medición llevada a cabo en presencia del propietario, D. Francisco Alonso Nistal en agosto de 1993, de las parcelas 22B y 23B del polígono 11, por el Aparejador Municipal Sr. Bardal arrojando esta medición la superficie total de 3.970 m/2. También se da cuenta de la legislación aplicable.
Igualmente por la Secretaría se da cuenta del dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa de Cuentas, Hacienda y Administración del día 25.10.93.
Al no producirse más intervenciones, se pasa a la votación con el siguiente resultado: votos a favor 17, en contra ninguno y abstenciones ninguna.
Y el Pleno del Ayuntamiento por unanimidad de su composición legal ACUERDA:
PRIMERO: Adquirir 14 partes de las 16 de las fincas 22B y 23B, sitas en aledaños del Cementerio Municipal, propiedad de D. Francisco Alonso Nistal, en el precio de 1.191.000, equivalente a 343 pts./m/2.
SEGUNDO; Ratificarse en todo lo acordado en el Pleno de fecha 04.03.92, que no contradiga el presente.
TERCERO: Adquirir 2 partes de las 16 de las fincas 22B y 23B del polígono 11, a D. Emilio Nuevo San Martín, en el precio de 343 pts/m/2 lo que supone un importe total de 170.143 pts.
CUARTO: Facultar a la Alcaldía Presidencia para que suscriba, firme y formalice todos aquellos documentos necesarios para llevar a buen fin este acuerdo.
20-12-1994. Apaa p. 5º. Cerramiento aledaños, aprobación proyecto.
Aprobación del proyecto técnico “Cerramiento finca aledaña al Cementerio. 2ª fase, en el precio de 7.452.994 pts.
31-05-1995. Apaa p. 1º. Anexo, aprobación memoria valorada 3ª fase.
Aprobación de la memoria valorada “Cerramiento de finca aledaños Cementerio. 3ª fase cuyo importe asciende a 12.863.313 ptas. y su inclusión en el Fondo de Cooperación Local, y adquirir el compromiso de cubrir el importe de la obra, en la parte no subvencionada por la Junta de Castilla y León y la Diputación Provincial.